Una de las principales problemáticas
en materia de política económica de México, es la baja eficiencia en materia de
recaudación fiscal. Para nadie es un secreto que nuestro país cuenta con las
más bajas tasas de ingresos tributarios como porcentaje del Producto Interno
Bruto (PIB).
Si bien la solución de fondo
representaría una serie de reformas estructurales en materia fiscal, también
sabemos que la variable política suele pesar mucho más que el fondo económico.
Adicionalmente a esta falta de ingresos, se tiene la situación de las fuertes
erogaciones que realiza el Fisco Federal por las devoluciones de impuestos a la
que tienen derecho algunos contribuyentes, dada su situación fiscal.
Es por ello, que a continuación
presento mi propuesta de una parte de la reforma fiscal que se espera, la cual
podría ser parte a posteriori de una reforma fiscal integral, pero en su
momento tendría un impacto positivo en la política fiscal. Dicho planteamiento
consiste la eliminación de la tasa 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en
los alimentos y medicinas, proponiendo un cambio de estos productos a exentos,
de manera que se logré un ahorro para el fisco en las millonarias devoluciones
de impuestos que se realizan año tras año.
“De los tratamientos especiales del
IVA el tratamiento que más importancia tiene es el consistente en la tasa 0%,
el cual representó alrededor del 2.5% del PIB en el periodo 2000 – 2008”
(Fuentes Castro & Zamudio Carrillo, 2011)
Esto implica un importante gasto
fiscal, cuyo incremento no es una política económica que sea bien vista
actualmente en el ámbito internacional. Cabe recordar la situación por la que
actualmente atraviesan economías como Grecia y España por citar un ejemplo.
Además de lo anterior, no debemos
perder de vista que se ha perdido el espíritu del legislador con los beneficios
que podría implicar el tratamiento especial que se le da a este impuesto. Como
ejemplo de lo anterior, tenemos los grandes agricultores que obtienen
mensualmente millonarias devoluciones de este impuesto, lo que deja un sabor de
injusticia, donde los grupos de los deciles de ingresos más altos resultan ser
los beneficiados.
¿Cuál es la diferencia sustancial
entra tener gravados bienes y servicios a la tasa 0% de la Ley del Impuesto al
Valor Agregado o manejarlos como Exentos del impuesto?
En teoría, los productos y servicios
que se encuentren gravados a la tasa del 0%, no tendrían que incluir en su
precio final el IVA que le trasladan sus proveedores, ya que éste les es
devuelto por la Administración Tributaria. Los productos exentos del impuesto
si lo incluyen, ya que al “no cobrar IVA” al consumidor por encontrarse exento
de este, tienen que incorporarlo a su costo de producción. En conclusión, la
diferencia radica en que los gravados tienen la posibilidad de la devolución,
mientras que los exentos no.
Las devoluciones derivan de los
saldos a favor obtenidos por los contribuyentes ante el fisco en el ejercicio
de sus actividades, por lo que podemos decir que dichos saldos a favor
equivalen a la diferencia positiva entre las cantidades efectivamente pagadas
por el contribuyente por sus obligaciones fiscales y las cantidades legalmente
requeridas por la Administración Tributaria, mismos que podrán ser utilizados
solicitando su devolución ante la Autoridad.
Pero, ¿en realidad los productores de
bienes gravados a la tasa 0% del IVA no trasladan el impuesto al consumidor
final esperanzado en la posible devolución a obtener?
Ahora bien, independientemente de la
conjetura anterior, los datos duros indican que cada vez es mayor el importe de
las devoluciones de impuestos del Gobierno Federal, siendo el Impuesto al Valor
Agregado el de mayor peso.
“Para el periodo 2002-2009, las devoluciones
crecieron a una tasa media real de 5.32 por ciento, y fueron generadas
esencialmente por los rubros tributarios, siendo marginales el rubro de no
tributarios. El IVA explica el 79 por ciento de las devoluciones efectuadas por
el gobierno a los contribuyentes.” (Centro de Estudios de las Finanzas
Públicas, 2009)
Un cambio de pasar a tasa 0% a exento
tendría un impacto en el precio final seguramente, pero, este no sería de las
mismas dimensiones del ahorro que tendría la Administración Tributaria por las
devoluciones de impuestos que dejaría de pagar.
Adicionalmente, el efecto mediático
que tendría esta medida sería menor a, por ejemplo, homogeneizar todos los
productos a una misma tasa 15% o 16%. Otro impacto se reflejaría en el trabajo
de las áreas de devoluciones y compensaciones del Servicio de Administración
Tributaria, lo que permitirá realizar un mayor análisis de riesgo y reducción
de tiempos de espera.
Ya que se toca el punto del riesgo en
las devoluciones de impuestos, no debemos dejar de lado que este tratamiento de
tasa 0% ha incentivado a empresas y asesores fiscales a buscar la evasión y
alusión fiscal mediante las lagunas que presenta la Ley del Impuesto al Valor
Agregado.
Se sabe que en los productores podría
generarse un sentimiento de inconformidad por ser estos quienes tendrían que
asumir el costo de la medida, pero se deja la puerta abierta para que esta
investigación se complete con reformas paralelas como puede ser la disminución
generalizada del IVA o ISR.
Finalmente, y citando de nueva cuenta
a Fuentes y Zamudio, observemos los datos reveladores a los que llegaron.
“..el gasto fiscal bajo el esquema de
tasa 0% varía de un 2.36 a 2.52% del pib en tanto que siguiendo el esquema de
exentos fluctúa entre 1.04 y 1.12%.” (Fuentes Castro & Zamudio Carrillo,
2011)
Impacto final: menor gasto fiscal,
mejor control, menor riesgo de evasión y
elusión, así como un incremento en la recaudación neta.
1 comentario:
Je l'avoue, je n'ai pas été sur le enrikecrux.blogspot.ru dans un temps long mais il a été une autre joie de voir Il est un sujet aussi important et ignoré par beaucoup, même des professionnels. Je vous remercie pour aider à rendre les gens plus conscients des enjeux possibles.
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