miércoles, 5 de septiembre de 2012

Una propuesta para el Impuesto al Valor Agregado.


Una de las principales problemáticas en materia de política económica de México, es la baja eficiencia en materia de recaudación fiscal. Para nadie es un secreto que nuestro país cuenta con las más bajas tasas de ingresos tributarios como porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB).
Si bien la solución de fondo representaría una serie de reformas estructurales en materia fiscal, también sabemos que la variable política suele pesar mucho más que el fondo económico. Adicionalmente a esta falta de ingresos, se tiene la situación de las fuertes erogaciones que realiza el Fisco Federal por las devoluciones de impuestos a la que tienen derecho algunos contribuyentes, dada su situación fiscal.
Es por ello, que a continuación presento mi propuesta de una parte de la reforma fiscal que se espera, la cual podría ser parte a posteriori de una reforma fiscal integral, pero en su momento tendría un impacto positivo en la política fiscal. Dicho planteamiento consiste la eliminación de la tasa 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los alimentos y medicinas, proponiendo un cambio de estos productos a exentos, de manera que se logré un ahorro para el fisco en las millonarias devoluciones de impuestos que se realizan año tras año.
“De los tratamientos especiales del IVA el tratamiento que más importancia tiene es el consistente en la tasa 0%, el cual representó alrededor del 2.5% del PIB en el periodo 2000 – 2008” (Fuentes Castro & Zamudio Carrillo, 2011)
Esto implica un importante gasto fiscal, cuyo incremento no es una política económica que sea bien vista actualmente en el ámbito internacional. Cabe recordar la situación por la que actualmente atraviesan economías como Grecia y España por citar un ejemplo.
Además de lo anterior, no debemos perder de vista que se ha perdido el espíritu del legislador con los beneficios que podría implicar el tratamiento especial que se le da a este impuesto. Como ejemplo de lo anterior, tenemos los grandes agricultores que obtienen mensualmente millonarias devoluciones de este impuesto, lo que deja un sabor de injusticia, donde los grupos de los deciles de ingresos más altos resultan ser los beneficiados.
¿Cuál es la diferencia sustancial entra tener gravados bienes y servicios a la tasa 0% de la Ley del Impuesto al Valor Agregado o manejarlos como Exentos del impuesto?
En teoría, los productos y servicios que se encuentren gravados a la tasa del 0%, no tendrían que incluir en su precio final el IVA que le trasladan sus proveedores, ya que éste les es devuelto por la Administración Tributaria. Los productos exentos del impuesto si lo incluyen, ya que al “no cobrar IVA” al consumidor por encontrarse exento de este, tienen que incorporarlo a su costo de producción. En conclusión, la diferencia radica en que los gravados tienen la posibilidad de la devolución, mientras que los exentos no.
Las devoluciones derivan de los saldos a favor obtenidos por los contribuyentes ante el fisco en el ejercicio de sus actividades, por lo que podemos decir que dichos saldos a favor equivalen a la diferencia positiva entre las cantidades efectivamente pagadas por el contribuyente por sus obligaciones fiscales y las cantidades legalmente requeridas por la Administración Tributaria, mismos que podrán ser utilizados solicitando su devolución ante la Autoridad.
Pero, ¿en realidad los productores de bienes gravados a la tasa 0% del IVA no trasladan el impuesto al consumidor final esperanzado en la posible devolución a obtener?
Ahora bien, independientemente de la conjetura anterior, los datos duros indican que cada vez es mayor el importe de las devoluciones de impuestos del Gobierno Federal, siendo el Impuesto al Valor Agregado el de mayor peso.
“Para el periodo 2002-2009, las devoluciones crecieron a una tasa media real de 5.32 por ciento, y fueron generadas esencialmente por los rubros tributarios, siendo marginales el rubro de no tributarios. El IVA explica el 79 por ciento de las devoluciones efectuadas por el gobierno a los contribuyentes.” (Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, 2009)
Un cambio de pasar a tasa 0% a exento tendría un impacto en el precio final seguramente, pero, este no sería de las mismas dimensiones del ahorro que tendría la Administración Tributaria por las devoluciones de impuestos que dejaría de pagar.
Adicionalmente, el efecto mediático que tendría esta medida sería menor a, por ejemplo, homogeneizar todos los productos a una misma tasa 15% o 16%. Otro impacto se reflejaría en el trabajo de las áreas de devoluciones y compensaciones del Servicio de Administración Tributaria, lo que permitirá realizar un mayor análisis de riesgo y reducción de tiempos de espera.
Ya que se toca el punto del riesgo en las devoluciones de impuestos, no debemos dejar de lado que este tratamiento de tasa 0% ha incentivado a empresas y asesores fiscales a buscar la evasión y alusión fiscal mediante las lagunas que presenta la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Se sabe que en los productores podría generarse un sentimiento de inconformidad por ser estos quienes tendrían que asumir el costo de la medida, pero se deja la puerta abierta para que esta investigación se complete con reformas paralelas como puede ser la disminución generalizada del IVA o ISR.
Finalmente, y citando de nueva cuenta a Fuentes y Zamudio, observemos los datos reveladores a los que llegaron.
“..el gasto fiscal bajo el esquema de tasa 0% varía de un 2.36 a 2.52% del pib en tanto que siguiendo el esquema de exentos fluctúa entre 1.04 y 1.12%.” (Fuentes Castro & Zamudio Carrillo, 2011)
Impacto final: menor gasto fiscal, mejor control, menor riesgo de evasión  y elusión, así como un incremento en la recaudación neta.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Je l'avoue, je n'ai pas été sur le enrikecrux.blogspot.ru dans un temps long mais il a été une autre joie de voir Il est un sujet aussi important et ignoré par beaucoup, même des professionnels. Je vous remercie pour aider à rendre les gens plus conscients des enjeux possibles.